martes, 6 de noviembre de 2007


LA AUTORÍA INTELECTUAL DEL 11-M

A veces, al desarrollar una idea, algo se queda en el tintero y la situación no se resuelve hasta que llega otra persona y aporta sus argumentos. He de reconocer que eso me sucede a menudo: pienso en un asunto, escribo sobre él y después, una vez firmado el texto, me doy cuenta de que el planteamiento cojea de alguna pata. Por lo general falta aclarar algún punto, no sé, como si hubiese olvidado una parte esencial de la cuestión y no supiese ni por dónde tomar de nuevo el hilo.

El otro día, cuando acabé de escribir acerca de las secuelas del 11-M, me di cuenta de que en el texto bailaba el concepto y el por qué de la autoría intelectual del atentado. La insistencia del Partido Popular en continuar la búsqueda inútil de nadie y de todo el mundo me sonaba de nuevo a argucia, a trampa, a monólogo en una lengua muerta para que nadie pueda rebatir nada. Mi opinión, a todas luces coincidente con la de la mayoría de los ciudadanos honrados, adolecía de un elemento fundamental para dar la puntilla a la tesis paranoica y miserable de la conspiración: el punto de vista jurídico. Sin embargo, y acaso sin saberlo, vino en mi ayuda Joan J. Queralt, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona.

Aunque a algunos les resulte difícil creerlo, las leyes suelen estar basadas en el sentido común. Si después se utilizan justa o injustamente es algo que no tiene que ver con lo que estamos tratando. O sea que volvamos a lo nuestro. En su artículo ¿Qué autores intelectuales?, publicado en El País con fecha 3 de noviembre de 2007, Joan J. Queralt dice textualmente: Hablar de autoría intelectual en derecho Penal español es hablar de nada; es un mero recurso retórico no jurídico y, por tanto, sin sentido ni propio ni directo. Está bien para una tertulia, pero no para una sentencia.

Los argumentos del autor son comprensibles para todo el mundo. Creo que, con un poco de buena fe por su parte, incluso para los del Partido Popular. En primer lugar, los autores materiales del atentado pueden ser los mismos que lo idearon. De hecho, la sentencia establece con claridad que algunos de los que volaron en Leganés fueron los cerebros de la operación. En cualquier caso, la ley española contempla la misma pena para los autores que para los inductores (que no autores intelectuales), pese a que estos últimos no dominan totalmente la situación y, por lo tanto, no pueden decidir: todo depende de que los autores quieran actuar. Así, llamar autores a los que efectivamente lo son y a los inductores, que, por decirlo de algún modo, no son los que prenden la mecha de la bomba, es un error de categoría. El supuesto autor intelectual, el inductor, no es un jefe militar al que todos obedecen. Sólo es el que ha maquinado la acción. Por supuesto, al margen de si se lleva o no a cabo.

Pero eso no es todo. Joan J. Queralt llega aún más lejos cuando dice: ¿En cada condena por un atentado de ETA se menciona y castiga al autor intelectual, sea lo que sea esta categoría? Obviamente, no. Al no hacerlo así, ¿se acusa a los poderes públicos de abandonar vías de investigación? La cosa está clara. Nunca, con motivo de ningún otro atentado, el Partido Popular había exigido la investigación de la autoría intelectual. ¿Por qué ahora sí? Afortunadamente, sé que no voy a verme muchas veces más en la necesidad intelectual de volver al asunto del 11-M. Los inductores de la continuidad de la línea de la autoría intelectual es decir, los representantes del Partido Popular han decidido abandonarla no por razones evidentes de decencia y de justicia, sino porque se han dado cuenta de que les perjudica.


2 comentarios:

Anónimo dijo...

No podría estar más de acuerdo en todo lo que has dicho en este artículo y en "11-M las secuelas de la sentencia".
Es un placer que alguien ponga palabras a tus propios pensamientos! Y, así me siento.

Anónimo dijo...

Chapó.